Sebasg1973
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La medida fue avalada por la Justicia de Córdoba, que aceptó se juzgara a un chico que mató a una anciana. Puede sentar precedente para el resto del país. La pena queda a cargo de un juez
La justicia cordobesa avaló que juzgados populares puedan enjuiciar a menores de edad cuando están acusados de cometer delitos junto a mayores de 18 años, aunque la determinación de la pena debe quedar a cargo de un juez del fuero de menores.
Así lo resolvió la Cámara Múltiple de Deán Funes, al confirmar una condena dictada por un juzgado popular, que acusó a un menor y a un mayor como coautores del delito de "homicidio en ocasión de robo" en perjuicio de una anciana de 70 años de edad.
Los camaristas Juan Abraham Elías, Horacio Enrique Ruiz y Juan Carlos Serafini confirmaron la condena de 18 años de prisión a Gonzalo Rubén Nóblega; y en cuanto al menor, remitir las actuaciones a un juez de menores.
En el fallo, los jueces rechazaron el planteo de incompetencia formulado por la defensa del adolescente menor de 18 años, respecto a que el Tribunal integrado por jurados populares era incompetente para realizar el juicio.
Sin embargo, los camaristas señalaron que la decisión del tribunal de jurados populares "se limita a la declaración de responsabilidad penal, mientras que la individualización de su eventual tratamiento penitenciario estará a cargo del tribunal de menores".
El hecho tuvo lugar el 6 de octubre de 2007, por la noche, cuando Nóblega y el menor V.A.M ingresaron a robar a la vivienda de una vecina de 70, y para ello aprovecharon que esta última les abrió la puerta por conocer al adolescente.
Apenas quitó llave a la puerta de entrada, los imputados irrumpieron a la fuerza, le propinaron una "feroz golpiza" a la anciana, le rociaron el rostro y su boca un insecticida, y hasta la obligaron a beber el contenido de una botella de alcohol.
A su vez, le dieron dos golpes en la zona frontal de la cabeza con una réplica de arma de fuego de plástico recubierta con cinta plástica, que poseía un hierro a modo de caño, lo que provocó el deceso inmediato de la anciana.
Según una autopsia, la mujer murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico, y presentaba golpes en todo su cuerpo.
Fuente Infobae
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Excelente iniciativa!!!!!!
La justicia cordobesa avaló que juzgados populares puedan enjuiciar a menores de edad cuando están acusados de cometer delitos junto a mayores de 18 años, aunque la determinación de la pena debe quedar a cargo de un juez del fuero de menores.
Así lo resolvió la Cámara Múltiple de Deán Funes, al confirmar una condena dictada por un juzgado popular, que acusó a un menor y a un mayor como coautores del delito de "homicidio en ocasión de robo" en perjuicio de una anciana de 70 años de edad.
Los camaristas Juan Abraham Elías, Horacio Enrique Ruiz y Juan Carlos Serafini confirmaron la condena de 18 años de prisión a Gonzalo Rubén Nóblega; y en cuanto al menor, remitir las actuaciones a un juez de menores.
En el fallo, los jueces rechazaron el planteo de incompetencia formulado por la defensa del adolescente menor de 18 años, respecto a que el Tribunal integrado por jurados populares era incompetente para realizar el juicio.
Sin embargo, los camaristas señalaron que la decisión del tribunal de jurados populares "se limita a la declaración de responsabilidad penal, mientras que la individualización de su eventual tratamiento penitenciario estará a cargo del tribunal de menores".
El hecho tuvo lugar el 6 de octubre de 2007, por la noche, cuando Nóblega y el menor V.A.M ingresaron a robar a la vivienda de una vecina de 70, y para ello aprovecharon que esta última les abrió la puerta por conocer al adolescente.
Apenas quitó llave a la puerta de entrada, los imputados irrumpieron a la fuerza, le propinaron una "feroz golpiza" a la anciana, le rociaron el rostro y su boca un insecticida, y hasta la obligaron a beber el contenido de una botella de alcohol.
A su vez, le dieron dos golpes en la zona frontal de la cabeza con una réplica de arma de fuego de plástico recubierta con cinta plástica, que poseía un hierro a modo de caño, lo que provocó el deceso inmediato de la anciana.
Según una autopsia, la mujer murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico, y presentaba golpes en todo su cuerpo.
Fuente Infobae
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Excelente iniciativa!!!!!!