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Juzgados populares podrán enjuiciar a menores asesinos
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<blockquote data-quote="Sebasg1973" data-source="post: 513442" data-attributes="member: 2037"><p>La medida fue avalada por la Justicia de Córdoba, que aceptó se juzgara a un chico que mató a una anciana. <strong>Puede sentar precedente para el resto del país. </strong>La pena queda a cargo de un juez</p><p></p><p><strong>La justicia cordobesa avaló que juzgados populares puedan enjuiciar a menores de edad cuando están acusados de cometer delitos junto a mayores de 18 años, aunque la determinación de la pena debe quedar a cargo de un juez del fuero de menores.</strong></p><p></p><p>Así lo resolvió la Cámara Múltiple de Deán Funes, al confirmar una condena dictada por un juzgado popular, que acusó a un menor y a un mayor como coautores del delito de <strong>"homicidio en ocasión de robo" </strong>en perjuicio de una anciana de 70 años de edad.</p><p></p><p><strong>Los camaristas Juan Abraham Elías, Horacio Enrique Ruiz y Juan Carlos Serafini </strong>confirmaron la condena de 18 años de prisión a Gonzalo Rubén Nóblega; y en cuanto al menor, remitir las actuaciones a un juez de menores.</p><p></p><p>En el fallo, los jueces rechazaron el planteo de incompetencia formulado por la defensa del adolescente menor de 18 años, respecto a que el Tribunal integrado por jurados populares era incompetente para realizar el juicio.</p><p></p><p>Sin embargo, <strong>los camaristas señalaron que la decisión del tribunal de jurados populares "se limita a la declaración de responsabilidad penal, mientras que la individualización de su eventual tratamiento penitenciario estará a cargo del tribunal de menores".</strong></p><p></p><p>El hecho tuvo lugar el 6 de octubre de 2007, por la noche, cuando Nóblega y el menor V.A.M ingresaron a robar a la vivienda de una vecina de 70, y para ello aprovecharon que esta última les abrió la puerta por conocer al adolescente.</p><p></p><p>Apenas quitó llave a la puerta de entrada, <strong>los imputados irrumpieron a la fuerza, le propinaron una "feroz golpiza" a la anciana, le rociaron el rostro y su boca un insecticida, y hasta la obligaron a beber el contenido de una botella de alcohol.</strong></p><p><strong></strong></p><p>A su vez, le dieron dos golpes en la zona frontal de la cabeza con una réplica de arma de fuego de plástico recubierta con cinta plástica, que poseía un hierro a modo de caño, lo que provocó el deceso inmediato de la anciana.</p><p></p><p><strong>Según una autopsia, la mujer murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico, y presentaba golpes en todo su cuerpo.</strong></p><p></p><p>Fuente Infobae</p><p></p><p>--------------------</p><p></p><p>Excelente iniciativa!!!!!!</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Sebasg1973, post: 513442, member: 2037"] La medida fue avalada por la Justicia de Córdoba, que aceptó se juzgara a un chico que mató a una anciana. [B]Puede sentar precedente para el resto del país. [/B]La pena queda a cargo de un juez [B]La justicia cordobesa avaló que juzgados populares puedan enjuiciar a menores de edad cuando están acusados de cometer delitos junto a mayores de 18 años, aunque la determinación de la pena debe quedar a cargo de un juez del fuero de menores.[/B] Así lo resolvió la Cámara Múltiple de Deán Funes, al confirmar una condena dictada por un juzgado popular, que acusó a un menor y a un mayor como coautores del delito de [B]"homicidio en ocasión de robo" [/B]en perjuicio de una anciana de 70 años de edad. [B]Los camaristas Juan Abraham Elías, Horacio Enrique Ruiz y Juan Carlos Serafini [/B]confirmaron la condena de 18 años de prisión a Gonzalo Rubén Nóblega; y en cuanto al menor, remitir las actuaciones a un juez de menores. En el fallo, los jueces rechazaron el planteo de incompetencia formulado por la defensa del adolescente menor de 18 años, respecto a que el Tribunal integrado por jurados populares era incompetente para realizar el juicio. Sin embargo, [B]los camaristas señalaron que la decisión del tribunal de jurados populares "se limita a la declaración de responsabilidad penal, mientras que la individualización de su eventual tratamiento penitenciario estará a cargo del tribunal de menores".[/B] El hecho tuvo lugar el 6 de octubre de 2007, por la noche, cuando Nóblega y el menor V.A.M ingresaron a robar a la vivienda de una vecina de 70, y para ello aprovecharon que esta última les abrió la puerta por conocer al adolescente. Apenas quitó llave a la puerta de entrada, [B]los imputados irrumpieron a la fuerza, le propinaron una "feroz golpiza" a la anciana, le rociaron el rostro y su boca un insecticida, y hasta la obligaron a beber el contenido de una botella de alcohol. [/B] A su vez, le dieron dos golpes en la zona frontal de la cabeza con una réplica de arma de fuego de plástico recubierta con cinta plástica, que poseía un hierro a modo de caño, lo que provocó el deceso inmediato de la anciana. [B]Según una autopsia, la mujer murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico, y presentaba golpes en todo su cuerpo.[/B] Fuente Infobae -------------------- Excelente iniciativa!!!!!! [/QUOTE]
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